SOBRE LA SENTENCIA DE DESTITUCIÓN AL GOBERNADOR CÁCERES LLICA

Por: Abg. Jorge Luis Mamani (Consultor Asociado IPAJ Perú) * Hoy, el Juzgado Especializado Civil del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar de la Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró fundada la demanda de Proceso de Amparo en contra de autoridades regionales y nacionales por no haber implementado debidamente el “Protocolo de prevención, diagnóstico y tratamiento de personas afectadas con el COVID-19”. Se señala, en la sentencia, la vulneración al derecho a la salud de la población; y se dispuso la destitución del presidente del Gobierno Regional de Arequipa, Elmer Cáceres Llica, sustentándose en el artículo 22 del Código Procesal Constitucional. Sobre el particular es preciso señalar que el artículo 22° del Código Procesal Constitucional se aplica ante el incumplimiento de un mandato judicial. En efecto, ante un incumplimiento, el Juez puede hacer uso de multas fijas o acumulativas, e incluso disponer la destitución del funcionario responsable; pero la cond